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DONOSTIA KULTURA

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Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Publica Empresarial DONOSTIA KULTURA por el que se convoca la Bandera de La Concha 2013, con arreglo a las siguientes:

BASES

  • 1. Organización de la Bandera de La Concha.

    1.- La organización de las regatas de traineras denominada “Bandera de La Concha” es competencia de DONOSTIA KULTURA en representación del Ayuntamiento de la ciudad.

    2.- El evento “Bandera de La Concha” comprende tanto las pruebas clasificatorias como las regatas finales.

  • 2. Fecha de la clasificatoria entre tripulaciones donostiarras.

  • 3. Fecha de la clasificatoria general.
    La prueba para la clasificación de las restantes siete tripulaciones se celebrará el jueves 3 de Setiembre de 2015 a las 18.30 h.

  • 4. Fechas de celebración de las regatas finales.
    Las regatas finales se celebrarán los días 6 y 13 de septiembre de 2015 a las 12:00h. del mediodía.

  • 5. Colaboradores de la organización.
    El Centro de Atracción y Turismo en su calidad de organizador de la Bandera de La Concha podrá establecer convenios con clubes de remo, federaciones deportivas y cualesquiera otras entidades públicas o privadas.

  • 6. Inscripciones.
    1.- Las solicitudes de inscripción para tomar parte en las Regatas deberán ser presentadas por los clubes interesados antes de las 12:00h del día 21 de Agosto de 2015, por escrito y presentando las hojas de inscripción en las oficinas de la E.P.E. DONOSTIA KULTURA (Pz. Constitución, 1 – 20003 Donostia-SanSebastián), vía fax al número 943.48.11.77 o por correo electrónico a la dirección donostiakofestak@donostia.org.

    2.- Los miembros de las tripulaciones que deseen participar en la competición deberán estar en posesión de licencia autonómica y/o estatal emitida por la federación correspondiente.

    3.- Podrán inscribirse todas las tripulaciones guipuzcoanas que participen en la liga ARC de traineras y que hayan participado en el Campeonato Territorial de Gipuzkoa

    4.- Podrán también solicitar su inscripción todas las tripulaciones que componen la Liga ACT de traineras.

    5.- Podrán asimismo solicitar la inscripción:

    a.- El 1º y el 2º clasificados del Campeonato de España de Traineras

    b.- El 1º y el 2º clasificados del Campeonato de Euskadi de Traineras

    c.- La tripulación gallega que no participando en la liga ACT tenga la mejor puntuación dentro de la Liga Galega de Traiñeiras la última de las jornadas celebradas con anterioridad a la fecha de inscripción.

    d.- La tripulación cántabra que no participando en la liga ACT tenga la mejor puntuación dentro de la liga ARC – 1 o equivalente la última de las jornadas celebradas con anterioridad a la fecha de inscripción.

    e.- Las tres primeras tripulaciones vizcaínas que, no participando en la Liga ACT, tengan la mejor puntuación la última de las jornadas celebradas con anterioridad a la fecha de inscripción dentro de la liga ARC – 1.

    f.- Una tripulación del País Vasco francés. Si el número de tripulaciones en activo fuese superior a una, podrá participar la tripulación de estos territorios que tenga la mejor puntuación dentro de la liga ARC-1 o equivalente la última de las jornadas celebradas con anterioridad a la fecha de inscripción.

    g.- La tripulación asturiana que participe en cualquiera de las ligas mencionadas anteriormente. Si el número de tripulaciones en activo fuese superior a una, podrá participar la tripulación de Asturias que tenga la mejor puntuación dentro de la liga en la que participen la última de las jornadas celebradas con anterioridad a la fecha de inscripción.

    6.-Será requisito imprescindible en todos los casos para solicitar la inscripción el haber participado en el correspondiente Campeonato territorial o provincial.

    7.- Únicamente se admitirá la inscripción de una tripulación por cada club de remo.8.- En la solicitud de inscripción se indicará el color de las camisetas que la tripulación vestirá en las regatas.

    9.- La inscripción en la Bandera de La Concha supone la aceptación íntegra de las presentes bases y de los reglamentos establecidos en la Base 18 de la presente Normativa.

  • 7. Organos de las Regatas.
    Serán órganos de las regatas:

    a.- El Comité Organizador de la Regata.
    Serán miembros del Comité el Presidente y el Vicepresidente de DONOSTIA KULTURA, la Directora Técnica de Donostia Kultura Festak y otra persona, de reconocida solvencia en la materia, designada por la entidad. DONOSTIA KULTURA podrá solicitar la participación en el Comité de las entidades con las que se establezcan convenios de diversa índole que estén directamente relacionadas con el desarrollo de la prueba en su faceta organizativa.

    b.- El Jurado de Regata.
    Los miembros del Jurado serán designados por la Presidencia de DONOSTIA KULTURA, a propuesta de la Directora Técnica de Donostia Kultura Festak, de entre los árbitros - jueces propuestos por la Federación Guipuzcoana de Remo. La función de este Jurado consistirá, básicamente, en cuidar que se observen las normas técnicas y deportivas en las regatas, sin que sean de su competencia los actos organizativos como pueden ser el sorteo de calles, tandas, etcétera.

    Las decisiones del Jurado y de cada uno de sus miembros en el desempeño de sus funciones serán ejecutivas inmediatamente.

    Al finalizar cada tanda, el Juez-Arbitro verificará si hay reclamaciones por parte de las tripulaciones participantes. Si no las hubiera y él considera la regata como válida, levantará bandera blanca. El Jurado de tierra, si así lo considera también, refrendará esta decisión levantando bandera blanca, quedando a expensas de la misma verificación por parte del Juez de Ciabogas.

    Finalizada la regata, el Jurado redactará un acta comprensiva de:

    Los resultados deportivos habidos.
    Las reclamaciones formuladas, si las hubiera.
    Las incidencias u observaciones, si las hubiere. En especial, se hará mención a cuantas cuestiones hubieran ocurrido con ocasión de la regata y que deban ser conocidas por el comité organizador de la regEl acta de cada regata, una vez suscrita por el Jurado, será entregada al comité organizador de la regata.
    El acta podrá ser solicitada por los delegados de los clubes participantes en la regata para el conocimiento de su contenido.

  • 8. Reuniones del Comité Organizador antes de las regatas.
    prueba clasificatoria de la trainera donostiarra se celebrará, en su caso, con los delegados de las tripulaciones participantes el día 29 de agosto a las 18.00h en el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián.

    2.- La reunión del Comité Organizador antes de la prueba clasificatoria general se celebrará con los delegados de las tripulaciones participantes el día 30 de Agosto a las 16.30 h. en el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián.

    3.- La reunión del Comité Organizador de las Regatas con los delegados de las tripulaciones participantes en las pruebas de los días 6 y 13 de septiembre se celebrará cada uno de estos días a las 10:00 h. de la mañana en el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián.

  • 9. Las tripulaciones.
    1.- Cada tripulación se compondrá de trece remeros y el patrón. La sustitución de remeros de una jornada a otra se sujetará a lo dispuesto en el Reglamento de regatas de banco fijo que resulte de aplicación conforme a lo establecido en la Base 18.

    2.- Para cuidar de la vistosidad y buen orden de la regata, todas las tripulaciones, desde el momento en que salgan desde la rampa del puerto hasta su arribada, deberán vestir la camiseta de su tripulación con el color indicado en la solicitud de inscripción. Excepcionalmente, se permitirá el uso de chándal o prenda deportiva de similares características si así lo aconsejaran las condiciones climáticas o deportivas, pudiendo figurar en dichas prendas únicamente el nombre o logotipo del patrocinador , el nombre del club y el del pueblo al que representan, además del nombre de la trainera.

  • 10. Las traineras.
    1.- Las traineras que se empleen en las regatas se someterán en lo relativo a peso, medidas y características a las normas que resulten de aplicación conforme a lo establecido en la Base 18. Estas normasfederativas serán también aplicables a los demás elementos de la trainera tales como remos de repuesto, botaguas, etcétera.

    2.- En la fecha y hora que oportunamente se comunicará a los clubes participantes, se procederá al pesaje de las embarcaciones en la báscula que se instalará al efecto en las inmediaciones de la zona de embarque para la prueba.

    3.- Las traineras podrán llevar inscrito su nombre y el del patrocinador de la embarcación así como el nombre del club y el del pueblo al que representan.

    4.- Se prohíbe expresamente llevar en las embarcaciones o sobre los remeros o en sus prendas cualquier tipo de inscripciones, pancartas, carteles o elementos propagandísticos distintos a los del respectivo patrocinador.

    5.- Los clubes participantes deberán aceptar la inclusión en sus embarcaciones de los dispositivos técnicos que decida la organización de la Bandera de La Concha con el objeto de mejorar y optimizar el desarrollo de la prueba. Aceptarán asimismo la inclusión en sus embarcaciones de elementos de audio y/o imagen que faciliten la retransmisión de la prueba. La decisión de la/s embarcación/es que deberá/n admitir la inclusión de este tipo de dispositivos se realizará mediante sorteo en la reunión de delegados del día de la regata

  • 11. Clasificación de traineras donostiarras.
    1.- En la regata clasificatoria de traineras donostiarras para la Bandera de la Concha, resultará clasificada la trainera que logre la primera posición en la misma.

    2.- La citada trainera competirá en la prueba regulada en la Base 4 de esta Convocatoria junto a las siete traineras clasificadas para las regatas finales siempre que el domingo anterior a la regata clasificatoria general se encuentre clasificada entre las 8 mejores tripulaciones de la liga ARC-1.

    3.- Si concurriese un único club donostiarra quedará clasificado automáticamente para participar en la Bandera de La Concha, siempre que el domingo anterior a la regata clasificatoria general se encuentre clasificada entre las 8 mejores tripulaciones de la liga ARC-1.

    4.-El (los) club (clubes) donostiarra(s) que no hubiese(n) conseguido su clasificación por la vía expresada en esta base podrá(n) participar en la regata previa clasificatoria general.

  • 12. Regata previa clasificatoria.
    1.- Si el número total de tripulaciones interesadas en participar en la Bandera de la Concha excediese de siete se celebrará una regata previa para realizar la selección de las siete traineras que podrán participar en la misma.

    2.- En lugar y hora que se indican en el art. 8.2 de la presente normativa, se celebrará una reunión entre el Comité Organizador y los delegados de los clubes de cada tripulación. En la misma se darán las últimas instrucciones relativas a la regata y se deberá entregar a la organización la lista definitiva de remeros con los que participará cada club.

    3.- Resultarán seleccionadas las tripulaciones que se clasifiquen en los siete primeros puestos de la regata previa clasificatoria.
    El número de traineras clasificadas se elevará a ocho si la tripulación clasificada en la regata clasificatoria de traineras donostiarras no pudiera competir en la prueba regulada en la Base 4 de esta convocatoria por incumplimiento del condicionante recogido en el Art. 11 Aptdo. 2.

    4.- El Comité Organizador formará dos grupos entre las traineras inscritas en función del nivel deportivo demostrado por las mismas a lo largo de la temporada en curso.

    5.- A continuación, se celebrará el sorteo del orden de salida de los grupos y de las tripulaciones dentro de cada grupo.

    6.- Si al grupo de menor nivel deportivo le correspondiese salir en primer lugar, se establecerá una diferencia de tiempo de dos minutos para la salida del segundo grupo.

    7.- La salida de traineras dentro de cada grupo se producirá en intervalos de un minuto, concediéndose un margen máximo de quince segundos para la salida.

    8.- El cómputo del tiempo correrá desde el inicio.

    9.- La regata contra reloj será de una distancia total (ida y vuelta) de tres millas con una sola ciaboga, dividida en dos largos de idéntico recorrido. La virada de la ciaboga se realizará por babor.

    10.- A lo largo del recorrido se colocarán balizas intermedias de referencia que se dejarán por babor.

    11.- Producida la rotura de algún elemento de alguna trainera dentro de los veinte segundos siguientes a la salida en la regata previa clasificatoria, la tripulación afectada volverá a salir en último lugar. El tiempo máximo que se concederá a la tripulación afectada será el que separe las salidas de la primera y la última trainera en la tanda correspondiente.

  • 13. Preparación de las regatas finales.
    1.- Media hora después de la finalización de la regata previa clasificatoria se celebrará una reunión con los delegados de las tripulaciones clasificadas en el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián para el sorteo de las tandas que corresponderán a las tripulaciones en la primera prueba.

    2.- El orden de balizas se sorteará el mismo día de celebración de las regatas, previa comprobación de su estado.

    3.- Con una antelación de media hora al comienzo de cada prueba, las tripulaciones deberán someterse al control de embarque que realizará el árbitro de control correspondiente, al objeto de que verifique la coincidencia entre la inscripción realizada y la tripulación de cada una de las embarcaciones.

    4.- Las embarcaciones participantes deberán estar preparadas cinco minutos antes de la hora oficial de inicio de la regata. Se dará salida nula a los infractores de esta norma.

    5.- El mismo día de la celebración de las dos pruebas y en el lugar y la hora que se indican en el art. 8.2 de la presente normativa, se celebrará una reunión del Comité Organizador de Regatas con los delegados de las tripulaciones participantes en las mismas.

  • 14. Desarrollo de la prueba.
    1.- La Bandera de La Concha culminará con dos regatas finales de una distancia total (ida y vuelta) de tres millas nauticas cada una con una sola ciaboga, divididas en dos largos de idéntico recorrido. La virada de la ciaboga se realizará por babor.

    • La Primera regata: Se celebrará el primer domingo de septiembre y tomarán parte en ella las traineras clasificadas que cumplan los requisitos exigidos, sorteándose las tandas y las balizas.

    • La Segunda regata: Se celebrará el siguiente domingo. En la primera tanda de esta segunda regata regatearán las cuatro tripulaciones que hayan obtenido peor tiempo en la primera regata y en la segunda tanda participarán las tripulaciones que hayan obtenido los mejores tiempos.

    2.- La clasificación definitiva de la prueba se obtendrá computando los tiempos que cada una de las embarcaciones haya empleado en el recorrido de las dos regatas anteriores, obteniendo el primer lugar la tripulación que sume menor tiempo.

    3.- La rotura de algún elemento de alguna trainera dentro de los veinte segundos siguientes a la salida en las dos tandas de los dos domingos de las regatas finales supondrá la detención de la tanda, reanudándose la misma una vez la trainera en cuestión haya solucionado la rotura. Comprobada la gravedad de la rotura el Juez-árbitro podrá decidir la reanudación de la tanda sin la trainera averiada.

    4.- En el supuesto de que una climatología adversa, u otra circunstancia extraordinaria, obligase a suspender cualquiera de las regatas, corresponderá al Comité Organizador determinar la fecha y hora en que se celebrarán las mismas. Como regla general, y sin perjuicio de lo que el Comité pueda decidir en cada caso, se establece un plazo de cuarenta y ocho horas para la celebración de la primera regata, celebrándose la segunda regata en el plazo de los siete días siguientes. En caso de suspensión, la Bandera y los demás premios habrán de adjudicarse igualmente previa celebración de las dos regatas.

  • 15. Dietas para las tripulaciones que participen en la regata clasificatoria previa.
    Las tripulaciones que participen en la regata clasificatoria percibirán una dieta cuyo cálculo se realizará teniendo en cuenta el siguiente baremo:

    - Dieta para tripulaciones cuyo lugar de origen diste hasta 150 kms. de Donostia-San Sebastián: 300 €

    - Dieta para tripulaciones cuyo lugar de origen diste hasta 400 kms. de Donostia-San Sebastián: 500 €

    - Dieta para tripulaciones cuyo lugar de origen diste más de 400 kms. de Donostia-San Sebastián: 700 €

  • 16. Los premios de las regatas.
    1.- Las tripulaciones participantes en las regatas obtendrán los siguientes premios:
    Primera clasificada: Bandera de Donostia - San Sebastián y 24.000 €
    Segunda clasificada: 15.000 €
    Tercera clasificada: 12.000 €
    Cuarta clasificada: 9.000 €
    Quinta clasificada: 7.000 €
    Sexta clasificada: 6.000 €
    Séptima clasificada: 5.000 €
    Octava clasificada: 5.000 €

    2.- La entrega de la Bandera se efectuará tras la finalización de la segunda regata en la bahía de La Concha y desde una embarcación. El resto de galardones o premios se entregará en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián.

  • 17. Responsabilidades.
    Los clubes, sus deportistas, técnicos y demás personas que tomen parte en las regatas asumen voluntariamente los riesgos de la actividad deportiva en la que participan, no asumiendo la entidad organizadora ninguna obligación en caso de accidente antes, durante o después de las pruebas, salvo que intervenga culpa o negligencia imputable a la organización.

  • 18. Reglamentación.
    1.- DONOSTIA KULTURA aplicará en el desarrollo de este evento deportivo la siguientes normas:

    a.- Resoluciones de 21 de diciembre de 2006, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y de métodos no reglamentarios de dopaje, y de 26 de Abril de 2009 de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación sobre la modificación al anejo I, lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.

    b.- Reglamento vigente de Control de Dopaje de la Federación Española de Remo, aprobado por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes.

    c.- Reglamento vigente de Regatas de Banco Fijo de la Federación Española de Remo, aprobado por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes.

    d.- Reglamento vigente de Disciplina Deportiva de la Federación Española de Remo, aprobado por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes.

    En la aplicación de la normativa señalada se tendrán en consideración las siguientes particularidades:

    Composición de las tandas: las tandas de los dos domingos de la Bandera de la Concha no podrán estar compuestas por menos de 4 embarcaciones, salvo fuerza mayor y/o penalización de expulsión.

    Recorrido: Cada tripulación deberá procurar hacer su recorrido por la calle asignada, debiendo realizar la ciaboga por la baliza de la misma calle, aunque esto no impedirá que pueda llegar a la meta por cualquier calle, siempre que a juicio del Juez-Arbitro no entorpezca a otra embarcación.

    Salidas en falso: la primera salida en falso de cualquiera de las embarcaciones se penalizará por parte del Juez-Arbitro de salida con tres segundos. La segunda salida en falso supondrá la descalificación.

    Homologación: las embarcaciones que participen en la Bandera de la Concha deberán estar homologadas por sus respectivos constructores. El certificado de homologación deberá ser presentado a la organizaciónjunto al impreso de inscripción.

    Coaching: se autoriza el asesoramiento a los remeros o equipos en competición mediante equipos eléctricos, electrónicos o de otro tipo (radio, …).

    - La Presidencia de DONOSTIA KULTURA quedará facultada para aprobar las normas particulares y adaptaciones de dichos reglamentos que exija el correcto desarrollo del evento en función de la organización propia de la regata y de las presentes bases. De sus resoluciones dará cuenta al Consejo de Administración para su conocimiento y se publicarán en la web www.donostia.org/donostiakofestak

  • 19. Régimen disciplinario.
    El régimen disciplinario se extiende a las infracciones de las presentes bases o de las reglamentaciones señaladas en la Base 18 y se regirá por el Reglamento de Disciplina Deportiva señalado en dicha Base.

    - La potestad disciplinaria de DONOSTIA KULTURA será ejercida por la Presidencia a través de un expediente tramitado por la Directora Técnica de Donostia Kultura Festak con respeto a los principios y garantías propias del régimen disciplinario deportivo.

    - A los deportistas, técnicos, clubes y todas aquellas personas físicas o jurídicas que se encuentren en una relación de sujeción especial como consecuencia de su inscripción y aceptación de las presentes bases, les será de aplicación la potestad disciplinaria recogida en la base anterior.

    - El régimen disciplinario deportivo se entiende sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza, que se regirá por sus propias normas.

    - Las resoluciones disciplinarias dictadas por la Presidencia de DONOSTIA KULTURA no serán susceptibles de recurso ante las federaciones deportivas ni ante el Comité Vasco de Justicia Deportiva.

    - Además de las sanciones previstas en el Reglamento de Disciplina Deportiva que se aplican a esta Bandera de La Concha, la Presidencia de DONOSTIA KULTURA podrá imponer una sanción consistente en la reducción o pérdida del derecho a percibir los premios o dietas previstas. Tal sanción se impondrá atendiendo a la gravedad del hecho infractor.

  • 20. De las reclamaciones o impugnaciones.
    Una tripulación que estime que una tanda se ha desarrollado de forma incorrecta podrá elevar, a través de su patrón ante el Jurado una reclamación, previa presentación de fianza por valor de 1200 €.El delegado del club que pretenda formular una reclamación, debe entregar al Jurado, no más tarde de treinta (30) minutos tras finalizar la tanda, un escrito (en el impreso oficial destinado a tal fin) indicando los hechos y fundamentos de la reclamación, aportando las pruebas que obraren en su poder y estimaren oportunas. La presentación de la reclamación irá acompañada de una fianza de 1200 € euros que serán devueltos al reclamante caso de prosperar la impugnación.

    El Jurado, tras estudiar los hechos, considerará la reclamación y comunicará su decisión al reclamante no más tarde de treinta minutos (30”) a partir de la presentación de la reclamación.

  • 21. Sometimiento a Arbitraje.
    - Las controversias derivadas de las decisiones adoptadas tanto por el Comité Organizador como por el Jurado de Regata serán resueltas ante el Tribunal Español de Arbitraje Deportivo del COE, cuya decisión o laudo definitivo agotará todas las vías de impugnación posibles.
    Esta cláusula tendrá la consideración de Convenio Arbitral, a los efectos de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.

    - La solicitud de arbitraje deberá realizarse en el plazo máximo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación.

  • 22. Interpretación de las presentes bases.
    Las dudas o lagunas que puedan surgir en la interpretación o aplicación de las presentes bases y de los reglamentos citados en la Base 18 serán resueltas por la Presidencia de DONOSTIA KULTURA. De dichas resoluciones se dará cuenta al Consejo de Administración para su conocimiento y se publicarán en la web www.donostia.org/donostiakofestak

  • 23. Determinación de plazos, fechas, horas y lugares.
    Corresponderá a la Presidencia de DONOSTIA KULTURA la determinación de las fechas, horas y lugares de celebración de las distintos actos o pruebas, si como consecuencia de hechos extraordinarios hubiera que modificar el calendario establecido en las presentes Bases. De dichas resoluciones se dará cuenta al Consejo de Administración para su conocimiento y se publicarán en la web www.donostia.org/donostiakofestak
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